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miércoles, 18 de mayo de 2011

¿VENGANZA O REINSERCIÓN?

A raíz de los rumores sobre la derogación, por parte del Tribunal Constitucional, de la llamada doctrina Parot, se han vuelto a escuchar opiniones sobre las penas a cumplir por un delincuente. No pretendo en estas líneas analizar dicha doctrina. Me centro más en tocar de nuevo, cada equis tiempo lo hago, el tema de las condenas que deben recibir los individuos por sus delitos.

En cada ocasión en que se habla públicamente de este asunto, surgen, siempre, voces que se rasgan las vestiduras calificando las penas a cumplir como "venganza", "venganza" de la Sociedad contra los pobres reos. No se trata, en mi opinión, más que del empleo consciente de un término, inadecuado, con la intención de aporrear conciencias, de hacernos sentir lástima por el sino de estos señores.

Para estas personas, el hecho de articular un soporte legal que procure, en la medida de lo posible, dada la pusilanimidad de nuestra Justicia, que las penas a cumplir sean acordes al delito cometido, es pura y simple "venganza".

Yo me pregunto, ¿en dónde, para estos opinadores, acaba la Justicia y empieza la "venganza"? ¿En qué momento nos estamos pasando manteniendo en prisión a un señor con, por ejemplo, decenas de asesinatos a sus espaldas? ¿Qué día de qué año pasa de ser un condenado a un mártir?

Sin entrar a valorar que, para mí, efectivamente, hay personas que deberían pasar mucho menos tiempo en la cárcel, principalmente, porque tendrían que ser ejecutados antes, sí diré que me parece pasmosa la actitud de estas personas y la facilidad con la que tienden a ponerse en la piel del pobrecito asesino, del pobrecito violador.

No hay Justicia, parecen decir, sólo hay venganza.

Según el diccionario Justicia es "Una de las cuatro virtudes cardinales, que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece."

Tan sencillo como eso. Al que roba una pera, le corresponderá una sanción mínima. Al que mata indiscriminada y masivamente, le corresponderá otra. Y eso no es ninguna "venganza", sino la consecuencia de las acciones emprendidas, voluntariamente, por el propio delincuente.

Pero dicen más estos bondadosos prohombres de la Humanidad. Dicen que el fundamento de la Justicia es la reinserción.

Reinserción. Hermosa y progresista palabra.

Aunque, en mi opinión, un poco ambigua.

¿Se refieren a que Justicia=Reinserción? Si no son iguales, ¿cuál debemos anteponer a la otra?

Si el fundamento de la Justicia es la reinserción, ¿qué hacemos con un asesino de una anciana que, horrorizado por su crimen, pide perdón llorando y jurando que nunca lo hará más? ¿Lo soltamos porque está reinsertado? ¿Lo vigilamos unos días para confirmarlo y ya está?

¿O, a pesar de ello, nos "vengamos" de él, dejándolo años en la cárcel aún a sabiendas de que es un hombre "nuevo"?

¿Y a la inversa?

¿Qué hacemos, por ejemplo, con el asesino que, tras años de prisión, sale sin ninguna señal de arrepentimiento? ¿Está reinsertado? No lo parece. Entonces, según estos señores, ¿qué hacemos? ¿Volver a meterlo en la cárcel y esperar a que esté listo para ser reinsertado?

¿Dónde están, en este caso, los defensores de la reinserción? ¿Cómo vuelves a, según la definición del diccionario, "integrar en la sociedad a alguien que estaba condenado penalmente o marginado", si sabes que no se ha movido ni un ápice? ¿Cómo lo reinsertas si sabes que está orgulloso de los asesinatos que cometió? ¿Cómo, si sabes, por tanto, que no está reinsertado, que es un asesino feliz con su curriculum y confeso?

¿Cómo, en definitiva, si consideras que el fin de la Justicia es la reinserción, puedes defender la puesta en libertad de alguien que no lo ha hecho?

La Justicia no es Venganza ni es Reinserción. Es, tiene que ser, simpe Justicia. La aplicación de la sanción que el delito merece. Y eso implica que hay delincuentes que no deberían volver a respirar aire libre... o a respirar, a secas.

14 comentarios:

Natalia Pastor dijo...

Derogarán la "doctrina Parrot" tal y como exigían en las negociaciones con el Gobierno y que quedaron reflejadas de manera cristalina en las actas de ETA incautadas a Thierry.

Si ante salió Troitiño - como muestra de aquella otra exigencia de excarcelaciones o "amnistías parciales"-, se legalizó Bildu, no hay duda de que los magistrados socilaistas cederán a los deseos y pretensiones de quien los colocó en sus sillones; o sea,Zapatero.

Seguimos la "hoja de ruta" marcada en su día.
Este Gobierno no es que no pretenda acabar con ETA; es que lo que pretende, es legalizarla y excarcelar a todos sus presos.

inisfree dijo...

Al final pretenden, Natalia, sacar adelante su plan sin que dé la sensación de que el Gobierno tenga nada que ver. Vana ilusión.

zurigorri dijo...

Ya sé que tú en tu texto no te centras en la doctrina Parot, sino que la usas como punto de partida, pero quiero puntualizar algo sobre ella para, como no, oponerme a la interpretación "simplista" (que no simple) de Natalia.

Punto 1: La doctrina Parot no se aplica exclusivamente a presos de ETA (ni por supuesto a todos los condenados por pertenencia a ETA), sino a todos aquellos delincuentes cuyas penas acumuladas superan el límite de tiempo máximo de condena que estipula la ley (antes era 30, se subió a 40 en algunos delitos).

Si un narcotraficante acumula condenas varias por un total de 250 años de prisión, también es susceptible de sufrir una revisión con la doctrina Parot.
Que parece que aquí sólo hay etarras.

Punto 2: No se revisan las condenas, las condenas son las que son. Lo que se revisa es sobre qué se aplican los beneficios penitenciarios, si sobre el total de las condenas o sobre cada una de ellas independientemente.

Esto es, una persona es condenada a 1000 años pero obtiene beneficios penitenciarios por, digamos, 5 años. Como el máximo a cumplir de condena, en su momento, era 30 años, ésta persona cumpliría 25.
Con doctrina Parot, ese beneficio se aplica a cada una de las condenas que el delincuente acumuló, de modo que, al final, en vez de ser 1000 pueden ser 970 años, pero seguiría cumpliendo los 30 establecidos como límite.

Punto 3: El problema de fondo es el de siempre, si se quiere o no cumplir la ley.
Aplicar la doctrina Parot va radicalmente en contra de la constitución, ya que viola la irretroactividad de las leyes cuando el hecho supone un perjuicio mayor para el delincuente.
Eso es así, habrá quien quiera verlo y habrá quien no, pero es lo que hay, y mientras esa sea la ley, habrá que atenerse a ella, aunque al Supremo se la sude y a todos los defensores de la Consti parece que también.
Mucho defenderla y luego nos meamos encima cuando nos entran ganas.

Y con respecto a lo que dice Inis, en general, es un tema sensible y no hay tan sólo blancos o negros.

Yo, particularmente, estoy radicalmente en contra de la pena de muerte porque no concibo el asesinato como un modo de justicia.
La aplican países tan dispares como Irán o la muy cristiana Estados Unidos, yendo radicalmente en contra de la esencia de esa religión que tanto defienden.

La cadena perpetua no me parece necesariamente algo negativo, siempre y cuando el sistema de revisión de condenas sea de unos de 10 años (en algún país europeo es de 15) y garantice la defensa del condenado.

El límite máximo de cumplimiento de condenas es algo dificilísimo de establecer. ¿Qué es mucho y qué es poco?
Supongo que ninguno de los que escribimos aquí tenemos la más mínima idea de lo que es pasar 5 años en prisión, ni remotamente.
No te digo ya pasar 15, 25, 30 o 40 años en prisión.

Por lo tanto, aunque en ocasiones no me planteo dudas sobre si tal o cual delincuente debería pasar 30 o 40 años en la cárcel, es cierto que, en otros momentos, creo que no tenemos idea de lo que hablamos y que es muy difícil juzgar este asunto.

inisfree dijo...

Zurigorri, como dices, la doctrina Parot no es el tema central del texto. Fue una doctrina creada para evitar el pitorreo generado por los beneficios penitenciarios. Yo estoy absolutamente a favor. Si una persona merece, en Justicia, una reducción de la pena, que se establezca por su evolución, comportamiento, arrepentimiento, y no por subterfugios o haciendo un cursillo, como para recuperar el carnet por puntos.

Pero tampoco la pena de muerte o no era a lo que yo quería llegar, al menos, en esta ocasión.

A lo que comentas. Yo no me tengo que imaginar lo que son dos meses, dos años o toda la vida en la cárcel. Éso queda para el delincuente, que es quien penará por su conducta. Es él quien debe pensarlo antes de asesinar, por ejemplo.

En realidad, el tema es el que indico en el título. Y, sobre todo, esa idea de que el fin de la Justicia es la reinserción.

zurigorri dijo...

Pero es que la reinserción no existe.
Reinserción puede ser el objetivo de un delincuente que ha crecido en la calle, sin oportunidades, y ha cometido errores cuando se ha visto sin salida; pero no tiene sentido para quien ha asesinado conscientemente, para quien ha violado a otra persona en plenas condiciones mentales o para quien se ha aprovechado de la pobreza de otros para enriquecerse (aunque a estos no sólo no se les reinserta sino que ni se les encarcela, salvo en islandia)

inisfree dijo...

Ajá, zurigorri, con lo que me das la razón y se la niegas a quienes defienden la doctrina de que el fin de la Justicia es la reinserción.

Muy bien. Éso son pamplinas.

zurigorri dijo...

Por supuesto que te doy la razón en eso. Lo de la reinserción, como principio, es una patochada, aunque comprendo que un estado establezca ese tipo de figuras en sus textos por pura apariencia.

Esto no implica que la reinserción sea algo absurdo en el total de los casos, por otra parte. Creo en la asunción consciente de los errores propios más que en lo que otros llaman arrepentimiento.

El arrepentimiento tiene una parte de inconsciencia, mientras que uno puede haber cometido un delito o crimen en un determinado momento de su vida y, con el tiempo, asumir su error, el daño ocasionado y ser plenamente consciente de ello.

Pero bueno, para algo en lo que estamos de acuerdo (ya que hemos dejado un poco en la cuneta lo de la doctrina Parot), no vamos a darle más vueltas, por si acaso!!

Anónimo dijo...

El que la idea de reinserción es un fracaso es un hecho evidente.
Insisto en lo que leí hace un tiempo: la mejor prevención contra la delincuencia es una buena política social.

inisfree dijo...

Soldado, una buena política social es un término demasiado amplio. Supongo que te refieres a disminuir las cotas de descontento social. Tiene su lógica. Aún así, es más fácil decirlo que hacerlo.

José Antonio del Pozo dijo...

Hola, inisfree: crimen y castigo, ¿no? Y como pena de muerte parece que no se debe,puede haber errores, al menos cadena perpetua.
Saludos blogueros

inisfree dijo...

Saludos, José Antonio. Creo que la pena de muerte debería ser lo suficiente puntual para que no hubiera errores. No estoy con su aplicación universal, por supuesto.

José Luis Valladares Fernández dijo...

Ni más ni menos, se está siguiendo la hoja de ruta que se estableció en las negociaciones con ETA y que además se ajusta a lo que dicen las famosas actas incautadas a la banda terrorista.
Los que hablan de reinserción para estos asesinos y dicen que la sociedad se venga de ellos, es porque nadie de su familia se encuentra entre las víctimas de esos asesinos en serie. Mayor pena aún se llevan las víctimas, que no hay manera de que salgan de debajo de la tierra otra vez con vida. Asesinos en serie como de Juanna Chao y otros por el estilo, debieran estar agradecidos que no se les aplique la pena capital, pero debieran estar en la carcel por el resto de su vida.

candela dijo...

Los gudaris se definen a sí mismos como "soldados". Para ser consecuente, yo les aplicaría la justicia militar.

Suena a cachondeo, pero más cachondeo que hay el el TC..

inisfree dijo...

De cachondeo nada, Candela. Muy al contrario.